Las navegaciones que requieren de un certificado médico para su obtención o renovación son:
1- Patrón de moto náutica B: Manejo de motos náuticas de potencia igual o superior a 55 CV e inferior a 110 C.V.
2-Patrón de moto náutica A: Manejo de motos náuticas de potencia igual o superior a 110 C.V.
Condiciones de obtención A y B: Haber cumplido 18 años de edad, o 16 años con consentimiento paterno o del tutor, superación examen teórico, convocado por CC.AA con transferencias o por la DGMM y superación de las pruebas prácticas.
3- Patrón para Navegación Básica (PNB): Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 8 metros de eslora si son de vela y hasta 7,5 metros de eslora si son de motor, con la potencia de motor adecuada a la misma. Además, podrán gobernar motos náuticas.
4- Patrón de Embarcaciones de Recreo ( PER): Gobierno de embarcaciones de recreo, a motor o a motor y vela, hasta 12 mts. de eslora y potencia de motor adecuada, para navegaciones realizadas entre la costa y la línea de 12 millas paralela a la misma. Así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario.
5- Patrón de Yate: Gobierno de embarcaciones de recreo, a motor o a motor y vela, hasta 20 mts. de eslora y potencia de motor adecuada, para navegaciones realizadas entre la costa y la línea de 60 millas paralela a la misma.
6- Capitán de Yate: Gobierno de embarcaciones de recreo, a motor o a motor y vela, sin limitación alguna.
En nuestro centro, con un sencillo reconocimiento realizamos un informe que acredite sus aptitudes psico-físicas, necesario para la expedición o renovación de las titulaciones mencionadas con anterioridad, siendo solo necesario presentar el DNI/NIE y una fotografía reciente (para las obtenciones) y para las renovaciones además el permiso vigente.