Para conseguir un permiso de armas, el paso previo obligatorio es someterse al examen médico que valore si se es apto o no para tener la licencia y conservarla en sucesivas renovaciones. Al llegar al centro sólo es necesario aportar el DNI/NIE en vigor.
Tipo de licencias y armas de aire comprimido (licencia tipo B, C, D, E, F y armas de aire comprimido):
AIRE COMPRIMIDO:
Tarjetas tipo A. Este permiso es válido para las armas de la cuarta categoría 4-1: carabinas y pistolas de tiro semiautomáticas y de repetición, y revólveres de doble acción, accionada por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas. Su validez es de 5 años.
Tarjetas tipo B. Este permiso es válido para las armas comprimidas en la cuarta categoría 4-2: carabinas y pistolas de anima lisa o rayada, y de un solo tiro y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas. Validez permanente.
LICENCIAS:
-Licencia tipo B: pistolas y revólveres.
-Licencia tipo C: armas para vigilancia y guardería.
-Licencia tipo D: arma larga rayada para caza mayor.
-Licencia tipo E: arma para tiro deportivo y escopetas de caza.
-Licencia tipo F: arma para campos, polígonos y galerías de tiro.
En cuanto al visado (“visado de edad”), la tramitación es gratuita.
Debemos recordar que desde el 1 de marzo de 2013 existe un nuevo procedimiento para facilitar a los mayores de 60 años la renovación periódica de su licencia de armas, conocido como “visado de edad”, con el que ya no habrá que acudir a las intervenciones de armas. Según el artículo 104 del Reglamento de Armas, las personas titulares de una licencia de armas mayores de sesenta años deben aportar cada dos años (para mantener la vigencia de dicha licencia), un certificado de mantenimiento de la aptitud psicofísica para tener y usar armas, expedido por un centro médico reconocido, y en el caso de los mayores de setenta años, la periodicidad es anual. El Ministerio del Interior permite a partir de ahora que sea un centro médico (como el nuestro) donde los cazadores o tiradores pasen su revista médica quien envíe directamente a la correspondiente Intervención de Armas la documentación de la persona, al igual que ocurre desde hace varios años para la renovación del permiso de conducción; así, se evita a las personas de más edad el inconveniente que suponía desplazarse hasta las Intervenciones de Armas para renovar la licencia. No obstante, esto no implica que la licencia de armas siga siendo válida para cinco años, y por tanto todos los cazadores, independientemente de su edad, tendrán que seguir llevando sus armas y los certificados médicos para la revisión quinquenal.